V. La Nómina. Estructura del Recibo de Salarios

Ya hemos señalado que, el pago del salario se ha de realizar documentalmente, de manera que el empresario deberá entregar al trabajador un recibo individual y justificativo del pago del mismo.

El recibo de salario se ajustará al modelo aprobado por el Ministerio de Trabajo (Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, que aprueba el modelo de recibo individual de salarios, de aplicación obligatoria para las empresas desde mayo de 2015 y que modifica la anterior Orden de 27 de dic. de 1994)
Por Convenio Colectivo o, en su defecto, por acuerdo de la empresa y los representantes de los trabajadores, se podrá establecer otro modelo que contenga de forma clara y separada las diferentes percepciones y deducciones del trabajador así como las aportaciones de la empresa a la seguridad social.

Nómina

Estructura de la Nómina:

Según el modelo aprobado por la Orden de 6 de nov. 2014

En todo caso en el recibo de salarios deben aparecer de forma clara y diferenciada los siguientes elementos:

  • Datos de identificación de la empresa: Nombre o razón social de la misma, domicilio de la empresa o centro de trabajo, cuando éste no coincida con el de la empresa, Código de Identificación Fiscal (CIF), el código de cuenta de cotización.
  • Datos de identificación del trabajador contratado: Nombre y apellidos, Numero de Identificación Fiscal (NIF), número de afiliación a la Seguridad Social, grupo profesional y grupo de cotización al que pertenece.
  • Período de Liquidación: Recoge los días trabajados del mes al que corresponde la liquidación, incluyendo los festivos. Si el trabajador pertenece a un grupo de cotización de retribución mensual (grupos del 1 al 7), siempre el total de días será 30, aunque el mes sea de 28, 29 o 31 días.
  • Devengos: Cantidades que percibe el trabajador durante el período de liquidación de la nómina. Dentro de los devengos se incluyen dos apartados bien diferenciados:
    1. Las Percepciones Salariales, que a su vez incluyen, el salario base y los complementos salariales y
    2. Las Percepciones No Salariales, son las cantidades percibidas por el trabajador durante ese período de liquidación, para compensar los gastos ocasionados al trabajador (dietas, plus de distancia, transporte, etc.), así como indemnizaciones. Las percepciones no salariales no se tienen en cuenta para calcular la base de cotización del trabajador, es decir no cotizan, salvo que  excedan de los límites establecidos en el art. 23 del Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.

Finalmente, el Total Devengado es la suma de todas las percepciones del trabajador.

  • Deducciones: Cantidades que se restan al total devengado por el trabajador. Las deducciones más importantes de la nómina son:
    • La cuota a la Seguridad Social, que se calcula aplicando el tipo de cotización correspondiente (%) sobre las diferentes bases de cotización.
    • El pago del IRPF.
    • Anticipos percibidos por el trabajador,
    • El valor de los productos recibidos en especie,
    • Las deducciones por cuota sindical, dicha cuota se le descontará únicamente a aquellos trabajadores que estén afiliados a un sindicato. Es la cantidad que mensual, semestral o anualmente pagan los afiliados a un sindicato para contribuir a su sostenimiento.
    • El  canon de negociación o canon sindical se pagará por parte de los trabajadores al sindicato cuando se haya negociado un Convenio Colectivo que les afecte.

El Total a Deducir, será la suma de todas las deducciones.

  • Líquido Total a Percibir: Diferencia entre el Total Devengado y el Total a deducir, es decir la cantidad que realmente percibe el trabajador o salario neto.
  • Firma del trabajador. La nómina debe ir con el sello de la empresa y firmarse por el trabajador, quien recibirá un duplicado de la misma junto a su salario. La firma de la nómina justifica  la percepción por el trabajador de dichas cantidades, sin que implique que esté de acuerdo con las mismas. Si el salario se cobra mediante transferencia bancaria se entiende que la firma del trabajador se sustituye por el comprobante del abono expedido por la entidad bancaria.
  • Determinación de las Bases de Cotización a la Seguridad Social y Conceptos de Recaudación Conjunta y de la base sujeta a retención del IRPF y aportación de la empresa.

Video explicativo sobre la estructura de la nómina: https://www.youtube.com/watch?v=5YfPEkuFrNc

ACTIVIDAD: Una vez analizada la estructura de la nómina, ¿sabrías colocar adecuadamente los siguientes conceptos? Dispones de 3 minutos para ordenar cada concepto en su lugar. Cuando termines, realiza una captura de pantalla para comprobar que lo has hecho correctamente.

Disponible el PDF para descargar e imprimir la actividad y realizarla por escrito.

3 comentarios
  1. Iván Dito
    Iván Dito Dice:

    Buenos días.

    Felicitarle por el blog ya que es de muchísima ayuda para alumnos que estamos cursando el CS de Admón y Finanzas y no tenemos la fortuna de tener profesores ni una cuarta parte de lo buena que parece usted.

    Quisiera saber si sería posible que me facilitase el modelo de la nómina en formato Word, ya que sobre el pdf no puedo incluir datos y en nuestro ciclo desgraciadamente no nos dan modelos de las nóminas. Para que se haga vd una idea.

    Muchas gracias por anticipado y de nuevo enhorabuena por el blog, no deje de escribir.

  2. Esther
    Esther Dice:

    Gracias Iván!
    Aunque inicialmente comencé proporcionando todos los documentos en formato word y pdf, decidí dejar de hacerlo por un uso indebido de ellos en otras páginas Webs, comercial, sin mención de la fuente del documento, etc.
    Para el próximo curso, me estoy planteando permitir la descarga de documentación previo registro del usuario.
    Siento no poder facilitarte el modelo en word, pero tampoco se lo facilito a mis alumnos.
    En cualquier caso, espero que la Web te ayude en tus estudios.
    Saludos,
    Esther.

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