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IV. La Jurisdicción Laboral

| en 1. Derecho del trabajo | | No comentado

El Poder Judicial del Estado está formado por los jueces y tribunales encargados de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. En materia laboral los tribunales competentes son los “de lo social”.
La Organización y Competencias de los Tribunales de lo Social es la siguiente:

  • Juzgados de lo social: Conocen de los conflictos laborales (despidos, reclamación de salarios, descansos, etc.) ocurridos dentro de su provincia.
  • Salas de lo social de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas: Con competencia en todo el ámbito territorial de éstas. Resuelven los recursos interpuestos contra las sentencias de los Juzgados de lo social (recursos de suplicación), así como los conflictos colectivos y sindicales de ámbito superior al de la provincia, pero no superior al de la comunidad autónoma.
  • Sala de lo social de la Audiencia Nacional: Tiene competencia en todo el territorio nacional en los procesos sobre libertad sindical y conflictos y convenios colectivos de ámbito territorial superior al de una comunidad autónoma. Su sede está en Madrid.
  • Sala de lo Social del Tribunal Supremo: Es el órgano judicial de mayor rango, con sede en Madrid y jurisdicción en toda España. Resuelve los recursos de casación contra las sentencias dictadas por las salas de lo social de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia.

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