Prestación por Desempleo 2023 y 2024. Requisitos, Plazo, Duración y Cuantía

Actualizado en enero de 2023

Requisitos para acceder a la Prestación por Desempleo:

  • Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social o situación asimilada al alta.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • No tener la edad de jubilación.
  • Haber cotizado un período mínimo de 360 días en los últimos 6 años.
  • Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo, aceptar una colocación adecuada, suscribiendo el compromiso de actividad.
  • Presentar la solicitud de prestación por desempleo.

Plazo para su solicitud:

El plazo para solicitar la prestación es de 15 días hábiles (no se cuentan domingos ni festivos) desde el cese en el trabajo.

Si el trabajador tuviera pendiente el disfrute de sus vacaciones, el plazo empezaría a contar a partir del día que finalice el período de vacaciones.

Documentos que debe presentar:

  • Identificación del solicitante mediante la presentación del DNI o documento equivalente para extranjeros (TIE). En caso de tener hijos a cargo presentar Libro de Familia.
  • Certificado de empresa en la que ha trabajado los últimos 180 días (6 meses).
  • Última nómina.
  • Impreso de solicitud de la prestación por desempleo, debidamente cumplimentado, en modelo oficial que se recoge en la misma oficina de empleo.
  • Inscripción como demandante de empleo, que se realizará en la misma oficina antes de hacer la solicitud de la prestación.

Duración de la Prestación:

Dependerá de los días que haya cotizado el trabajador en los 6 últimos años, conforme a la siguiente tabla:

Período de cotización (en días) Período de prestación (en días)
Desde 360 hasta 539 120
Desde 540 hasta 719 180
Desde 720 hasta 899 240
Desde 900 hasta 1.079 300
Desde 1.080 hasta 1.259 360
Desde 1.260 hasta 1.439 420
Desde 1.440 hasta 1.619 480
Desde 1.620 hasta 1.799 540
Desde 1.800 hasta 1.979 600
Desde 1.980 hasta 2.159 660
Desde 2.160 días 720

Cuantía de la Prestación:

  • Estará en función de la Base Reguladora (BR) que tenga el trabajador. Dicha Base Reguladora se obtiene por la suma de las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados a la Seguridad Social por la contingencia de desempleo, dividida entre 180.
  • La cuantía de la prestación es el resultado de aplicar un porcentaje % a la Base Reguladora que hemos calculado anteriormente. Dichos porcentajes son, según el artículo 270 de la LGSS:
  • El 70% de la BR durante los primeros 180 días.
  • El 60% de la BR a partir del día ciento ochenta y uno (antes del 1 enero 2023, el porcentaje era el 50%).
  • Existen unas cuantías mínimas y máximas de la prestación, en función del nº de hijos y del IPREM existente cuando se inició la prestación: Tope Máximo: El 175% del IPREM (si no tiene hijos), el 200% del IPREM (con 1 hijo a cargo), o el 225% (con 2 o más hijos). Tope Mínimo: El 80% del IPREM (sin hijos), el 107% del IPREM (con al menos un hijo).
    Estas cuantías se calculan sobre el importe mensual del IPREM incrementado en 1/6 en concepto de pagas extraordinarias
  • Las Cuantías máximas de la prestación contributiva según el IPREM fijado en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 son:
    Sin hijos…….1.225 €
    Con 1 hijo……1.400 €
    Con 2 hijo o más…..1.575 €
  • Las Cuantías mínimas de la prestación contributiva en 2023 son:
    Sin hijos……..560 €
    Con 1 hijo o más hijos…..749 €
  • Programa de autocálculo de prestaciones por desempleo en la sede electrónica del SEPE

El siguiente vídeo del programa «Aquí hay Trabajo» explica brevemente los aspectos más importantes sobre la prestación de desempleo:

4 comentarios
  1. Sonia
    Sonia Dice:

    Hola EsTher, tengo algunas dudas sobre prestaciones.

    1. El IPREM se incrementa en una sexta parte por pagas extras, siendo su importe de 621’26€ mensuales. Se aplica dicha cantidad tanto a los limites maximos y mínimos?

    2. Para calcular la base reguladora se divide base contingencias profesionales de los últimos 180 días entre 180. Hay que restar las horas extras de dichas bases si existieran?

    Muchas gracias

  2. Elena
    Elena Dice:

    Hola Esther,
    tengo una duda; me han dicho que en caso de despido disciplinario o por no superar el período de prueba, el inem deja pasar tres meses antes de iniciar el pago de la prestación. ¿sabes si eso es así?

    Muchas gracias

  3. Marisa
    Marisa Dice:

    Hola ESther, antes de nada quiero felicitarte y agradecerte este portal. Tiene mucho contenido y la presentación preciosa.

    LLEvo unos años preparando las oposiciones de FOl y he tratado de buscar un preparador de oposiciones pero no consigo encontrarlo. He estado en una academia pero no me ha convencido.
    Soy de GAlicia pero este año he decidido presentarme en Andalucía.
    ¿SAbes de alguien o algún modo de localizar alguno?

    Gracias, un cordial saludo

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