II. Fundamentación Pedagógica

Nota:

Este es el epígrafe II del Proyecto de Trabajo que, como funcionaria docente en prácticas, realicé en el curso 2008/2009. Podéis acceder al resto de epígrafes en el enlace Profesorado en Prácticas: Proyecto de Trabajo.
También está disponible la Memoria Final de la Fase de Prácticas

Para poder realizar nuestra labor como docentes de forma rigurosa hemos de remitirnos al currículo contenido en la LOE de 3 de mayo de 2006, “el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la presente Ley. Igualmente se regula en la Ley 17/2007, de 10 de diciembre de educación de Andalucía (LEA), arts. 37 a 40.

Junto a esta normativa, además he tenido en cuenta las directrices marcadas por:

  • Decreto 200/1997, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el ROIES.
  • Orden de 9 de septiembre de 1997, regula determinados aspectos sobre la Organización y el Funcionamiento de los IES de Andalucía.
  • Orden de 26 de mayo de 2003, que modifica la anterior.
  • Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio de las Cualificaciones y de la F.P.
  • El RD 1128/2003, de 5 de septiembre que regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CN de CP).
  • El RD 1228/2006, de 27 de octubre, por el que se complementa el CN de CP.
  • El RD 1538/2006, de 15 de diciembre de Ordenación General de la F.P.
  • El RD 1649/1994 de 22 de julio por el que se establece el Título de Técnico en Electromecánica de Vehículos (T.T. E.V.)
  • El Decreto 120/1995, de 9 de mayo, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al Título de F. P. de Técnico en E. de Vehículos en Andalucía.
  • Orden de 26 de febrero de1995, sobre evaluación en CF de FP en Andalucía.
  • Orden de 17 de enero de 1996, que establece la organización y funcionamiento de los programas sobre educación en valores y temas transversales del currículo
  • Orden de 19 de diciembre de1995, sobre el desarrollo de la educación en valores en los centros docentes de Andalucía.
  • Orden de 6 de junio de 1995, objetivos y funciones del programa de cultura andaluza.
  • Decreto 147/2002, de 14 de mayo, que establece la ordenación educativa de alumnos con necesidades educativas especiales.

Principios psicopedagógicos y didácticos tenidos en cuenta:

  • Facilitar la construcción de aprendizajes significativos, diseñando actividades de enseñanza-aprendizaje que permitan el establecimiento de relaciones sustantivas entre los conocimientos y experiencias previas y nuevos aprendizajes.
  • El proceso de enseñanza ha de estar presidido por la necesidad de garantizar la funcionalidad de los aprendizajes (que puedan ser utilizados en las circunstancias reales que el alumno necesite).
  • Los contenidos deben presentarse con una estructura clara de sus relaciones.
  • Recoger la preocupación por reforzar los aspectos prácticos a los que tradicionalmente se ha reservado un espacio muy reducido en el currículo escolar
  • Es sumamente importante crear un clima de aceptación mutua y cooperación que favorezca las relaciones entre iguales, la coordinación de intereses y la superación de cualquier tipo de discriminación.