IX. Alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo

La LOE regula en el Título II la “Equidad en la Educación” y se ocupa en el Capítulo I del “Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo”, de igual forma y respetando el principio de jerarquía normativa, la LEA trata en su Título III, Capítulo I el “Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo”.

El art. 113.2º de la LEA establece que se considera alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo aquel que presenta necesidades educativas especiales debidas a diferentes grados y tipos de capacidades personales de orden físico, psíquico, cognitivo o sensorial; el que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorpore de forma tardía al sistema educativo, así como el alumnado que precise de acciones de carácter compensatorio.

El párrafo 3&ordm del mismo artículo continúa diciendo “Asimismo, se considera alumnado con necesidad específica de apoyo educativo al que presenta altas capacidades intelectuales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.2º de la LOE de 3 de mayo de 2006”.

En conclusión, entre los alumnos con necesidades educativas específicas, no sólo están los que presentan discapacidad personal asociada (Decreto 147/2002, de 14 de mayo, que establece la ordenación de la atención educativa a los acnees asociadas a sus capacidades personales), sino también : Extranjeros ( normalmente con desconocimiento del castellano). Minorías culturales (cultura gitana), que puede presentar necesidades de compensación educativa. Otro alumnado (alumnos procedentes de familias desestructuradas, itinerantes, de ambientes carenciales, enfermedad, de ambientes desfavorecidos (Decreto167/2003, de 17 de junio por el que se establece la atención educativa a los acnees asociadas a condiciones sociales desfavorecidas). Pero también se incluyen los superdotados por sus elevadas capacidades de carácter intelectual (RD 943/2003, de 18 de julio sobre la flexibilidad  en la duración de los niveles y etapas del sistema educativo para alumnos superdotados intelectualmente. Instrucciones de 16-1-2007 de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación, sobre aplicación del procedimiento para flexibilizar la duración del periodo de escolaridad obligatoria del alumnado con necesidades educativas asociadas a condiciones personales de sobredotación intelectual).

El RD 696/1995, de 28 de abril, de la ordenación de la educación de los alumnos con necesidades educativas especiales empieza citando el art. 49 de la Constitución Española de 1978, en el que se encomienda a los poderes públicos que realicen una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración a favor de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que deberán prestar la atención especializada que requieran. En la Formación Profesional, el MEC garantizará una oferta de formación profesional adecuada a los alumnos con necesidades educativas especiales. Estos alumnos, pueden cursar cada módulo 4 veces.

Las medidas de Compensación Educativa se basan en la siguiente normativa:

  • RD 299/1996 de 28 de febrero de ordenación de las acciones dirigidas a la compensación de desigualdades en educación, en el que se establecen los destinatarios, los objetivos, los recursos, y las actuaciones a desarrollar en las distintas etapas educativas.
  • Orden de 22 de julio de 1999, por la que se regulan las actuaciones de compensación educativa en los centros sostenidos con fondos públicos, en las que se concreta a quien ha de considerarse alumnado con necesidades de compensación educativa, recursos, responsabilidades de los diferentes profesionales y organización del apoyo.

La respuesta a las necesidades educativas especiales supone optimizar los recursos materiales y personales y organizar los distintos tipos de refuerzo que estos alumnos necesitan para desarrollar sus capacidades desde una perspectiva integradora y normalizadora.

El apoyo se diseña de forma individual y flexible.

El modelo de apoyo está condicionado por el tipo de necesidades educativas de los alumnos, la metodología, y organización del aula, el grado de coordinación entre el profesorado, los profesores de apoyo y otros especialistas de los que se disponga, etc…

Cortázar, A. (1993) define las modalidades de apoyo :

  • Individual o en grupo.
  • Dentro o fuera del aula ordinaria.
  • Previo a la explicación del tema en el grupo-clase.
  • Simultáneo dentro del aula ordinaria.
  • Posterior a la explicación del tema.
  • Cualquier otra combinación.

Es preciso mencionar una serie de medidas de aplicación para éste tipo de alumnado:

  • Potenciación de técnicas de grupo (que ayuden a interactuar).
  • Medidas de atención individual (seguimiento permanente en sus actividades, métodos, comportamiento, cuaderno, etc.)
  • Potenciación de técnicas que supongan hacer y no sólo conceptos teóricos. Se trata de que construyan su propio aprendizaje.
  • Las tecnologías de la información y la comunicación
  • Interrelación entre las distintas unidades de trabajo.
  • Flexibilidad  en las estrategias educativas.


LÍNEAS DE ACTUACIÓN PARA EL MÓDULO DE FOL


Antes de indicar las líneas de actuación, pues sin ello no se daría una actuación adecuada a las necesidades reales, conviene realizar:

  1. Una evaluación inicial, con la amplitud que se considere necesaria, por parte del Departamento de Orientación para detectar los alumnos con necesidades y teniendo en cuenta los datos proporcionados por los diversos profesores.
  2. Una evaluación del nivel de competencia curricular alcanzado en las distintas áreas o materias de cada especialidad a cargo de los respectivos Departamentos Didácticos.


Líneas Generales de Actuación:
Las líneas de actuación para la atención a este alumnado han de contemplar la diversidad como fuente de oportunidades y de riqueza y se centran en adecuar los diversos aspectos metodológicos: estrategias y técnicas específicas de enseñanza, agrupamientos, recursos y formas de organización…

  1. Estrategias de enseñanza- aprendizaje.
    1. Potenciar el uso de técnicas y estrategias que favorezcan la experiencia directa, la reflexión y la expresión.
    2. Introducir o potenciar de forma planificada la utilización de técnicas que promuevan la ayuda entre alumnos.
    3. Utilizar estrategias para centrar o focalizar la atención del grupo.
    4. Que entre las actividades docentes «ordinarias» y las de apoyo no exista una frontera claramente delimitada.
  2. Agrupamientos.
    1. Combinar agrupamientos heterogéneos con otros de carácter más homogéneo.
    2. Aprovechar las actividades de gran grupo para mejorar el clima y la relación de los alumnos dentro del aula (las asambleas y los debates en el aula).
    3. Utilizar los agrupamientos más espontáneos para mejorar las relaciones entre los alumnos.
  3. Materiales.
    1. Seleccionar material para el aula que pueda ser utilizado por todos los alumnos.
    2. Adaptar materiales de uso común.

    Es necesario contemplar todas las posibilidades de que los alumnos y alumnas con necesidades utilicen los mismos materiales que sus compañeros.

  4. EI papel de las TIC en el tratamiento con los acnees
    Actualmente las tecnologías de la información y la comunicación son herramientas de trabajo con muchas y variadas aplicaciones en la enseñanza y, fundamentalmente el ordenador, debido a su alto nivel de motivación intrínseca. Es posible con la ayuda de la informática atender mejor a los acnees haciendo diseños individualizados: respetando ritmos, tiempos, estilos y preferencias de los propios alumnos. Es educativos multimedia, tanto en sus versiones demo, como freeware, shareware, e incluso comerciales. Los buenos materiales educativos multimedia son eficaces, y ello es debido, aparte de un buen uso por parte de los profesores y alumnos/as, a una serie de características.
    Se puede destacar entre las numerosas páginas de internet dedicadas al tratamiento acnees, la página de Educared, el Instituto de Tecnologías Educativas, Centro de Comunicación y Pedagogía, entre otras , aparte de numeroso software comercial existente a la disposición del proceso de enseñanza-aprendizaje.
6 comentarios
  1. ANTONIO
    ANTONIO Dice:

    Hola, tengo otra duda. Se pueden hacer adaptaciones curriculares en los CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR.

    UN SALUDO.

    GRACIAS

  2. Esther
    Esther Dice:

    Sí se pueden realizar adaptaciones curriculares, ya que estas pretenden dar respuesta a la diversidad. Su finalidad es facilitar el proceso de enseñanza-aprendizaje a alumnos con necesidades educativas específicas.

    Saludos Antonio!

  3. Pedro
    Pedro Dice:

    Sí se pueden hacer adaptaciones curriculares pero NO SIGNIFICATIVAS.

    Un saludo.

  4. ANTONIO
    ANTONIO Dice:

    Hola de nuevo.

    Ya nos queda menos aqui en Andalucia para las oposiciones.

    Dos preguntas por ahora:
    ¿Es igual o equivalente y se tratan igual las necesidades educativas especiales que el alumnado con necesidad especifica de apoyo educativo?
    ¿Cuales son las diferencias entre atención a la diversidad y atención alumnado necesidad especifica apoyo educativo?

    UN SALUDO Y MUCHAS GRACIAS.

  5. Esther
    Esther Dice:

    Hola Antonio!
    Antes de responder a tu pregunta he de advertir que no soy pedagoga y que mi respuesta es simplemente una opinión personal respecto al tema.
    Respecto a la 1ª pregunta, entiendo que la LOE habla de «alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo«, empleando una terminología más amplia que engloba tanto a los «acnees»(alumnos con necesidades educativas especiales), siendo estas necesidades debidas a diferentes grados y tipos de capacidades personales de orden físico, psíquico, cognitivo o sensorial; o bien por proceder de otros países o que por cualquier otro motivo, se incorpore de forma tardía al sistema educativo, así como el alumnado que precise de acciones de carácter compensatorio. Pero además engloba al alumnado que presenta altas capacidades intelectuales.
    Respecto a la 2ª pregunta entiendo que la diversidad está presente en el grupo de clase, en la medida que cada alumno/a es diferente de otro, por su personalidad, educación, estatus socioeconómico, procedencia, intereses, etc. Ahora bien, es posible que dentro de esa diversidad de alumnado haya algunos que presenten necesidades específicas de apoyo educativo para alcanzar los Objetivos educativos (Capacidades terminales/Resultados de Aprendizaje) marcados. En éste caso deberemos actuar en consecuencia, adoptando las medidas adecuadas al caso concreto.

    Saludos!

  6. Patricia
    Patricia Dice:

    En FP no se pueden realizar adaptaciones curriculares. Si que se pueden atender necesidades educativas especiales si tienes por ejmplo un alumno sordo o ciego adaptar el material y la didáctica, pero nunca los contenidos curriculares

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