V. Competencias profesionales, personales y sociales
La formación del módulo de FOL contribuye a alcanzar algunas de las competencias profesionales, personales y sociales establecidas para cada Título, como por ejemplo:
- Mantener el espíritu de innovación y actualización en el ámbito de su trabajo para adaptarse a los cambios tecnológicos y organizativos de su entorno profesional.
- Liderar situaciones colectivas que se puedan producir, mediando en conflictos personales y laborales, contribuyendo al establecimiento de un ambiente de trabajo agradable, actuando en todo momento de forma sincera, respetuosa y tolerante.
- Adaptarse a diferentes puestos de trabajo y nuevas situaciones laborales, originados por cambios tecnológicos y organizativos.
- Resolver problemas y tomar decisiones individuales, siguiendo las normas y procedimientos establecidos, definidos dentro del ámbito de su competencia.
- Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de las relaciones laborales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
- Gestionar su carrera profesional, analizando las oportunidades de empleo, autoempleo y de aprendizaje.
- Participar de forma activa en la vida económica, social y cultural con actitud crítica y responsable.
aqui ya si que me he liado con las competencias… supongo que no son las mismas de secundaria… pero tampoco sabría donde ubicarlas en mi programación….
y otra preguntilla: estas competencias las has sacado supongo del Real Decreto del Título? y del Decreto autonómico?… en mis decretos no me vienen las mismas, me vienen más bien pocas para FOL…
donde puedo encontrar algo al respecto?
saludos y gracias, nuevamente… jejejeje
En este tema de las competencias me he limitado a recoger aquellas que recoge la Orden que establece el currículo de cada Título.
Así que creo que es suficiente con mencionarlas en un epígrafe sin complicarse la vida.
Por ejemplo puedes ver la ORDEN de 15 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al título de Técnico Superior en Química Industrial en Andalucía, publicada en BOJA de 12 de noviembre 2009.
Supongo que en tu comunidad autónoma tendréis un desarrollo similar.
Espero haberte ayudado algo.
Saludos!
Hola Esther,
Ante todo, debo felicitarte por tu magnífico trabajo y también darte las gracias por tu generosidad al permitir a los demás que lo consultemos.
Estoy pensando en presentarme a FOL aunque en una comunidad autónoma distinta.
Y tengo una enorme duda respecto a las competencias. Según la LOE, ahora debo tener en cuenta, antes de las contenidos, las competencias básicas. Ha sido fácil encontrarlas para ESO y BACH. (la matemática, la lingüísitica, la ciudadana…).
Pero en mi comunidad no encuentro nada de competencias sobre ciclos formativos. ¿Es que las competencias de las que hablo deben aplicarse por analogía a la FP? ¿O es que no puede hablarse de este tipo de competencias en la FP?
Por otro lado, las competencias que cita el RD (es del 96) que especifica el currículo de comercio para mi CA, habla de competencias generales y profesionales de todo el ciclo, pero no de cada módulo, a diferencia de lo que he observado en el de química industrial de Andalucía, que lo hace para cada módulo.
Aunque por otra parte dudo mucho que las competencias básicas de las que habla la LOE tengan que ver con la general y profesionales de las que habla el currículo de comercio que decía antes, principalmente porque se fijaron 10 años antes, aunque claro, no estoy segura.
En fin, me gustaría saber qué debo poner en el apartado de competencias básicas, porque me parece que no es lo mismo que lo de la competencia general y profesional de las que hablaba antes.
Muchas gracias por tu atención Esther, y disculpa las molestias por este larguísimo mensaje…
Hola María!
En Ciclos Formativos se habla de competencias profesionales y no de competencias básicas, es por eso que no encuentras nada.
Si estás programando para un CF con regulación LOGSE, deberás seguir los RD y Decreto que lo regulen, ya que no todos los ciclos formativos están regulados de acuerdo con la LOE, así que, aquellos ciclos formativos que aún se regulan de acuerdo a la LOGSE, deberán programarse según su normativa reguladora.
En cualquier caso, debes estar atenta a la posible publicación en tu comunidad de la nueva normativa LOE reguladora del CF para el que estás programando.
Respecto a tu segunda cuestión,el hecho de programar para un ciclo u otro es precisamente, como tu intuyes, por la necesidad de contextualizar la programación y adaptarla a un grupo concreto, es por eso que hay quien la realiza para un centro concreto de una localidad concreta. En mi caso, la realicé para un ciclo formativo concreto, pero sin identificar un centro concreto.
La normativa que marca los mínimos de la programación es la propia Orden de convocatoria de las oposiciones, así como el ROIES o ROC (reglamento orgánico de los IES) aplicable en cada Comunidad autónoma.
Debes tener en cuenta que de acuerdo con la normativa LOGSE que estás siguiendo, los bloques de contenidos no son los mismos para grado medio y superior.
Saludos!
Muchas gracias por aclararme la cuestión, Esther.
¡Has sido de gran ayuda para mi! Mil gracias.
Un abrazo.