IV. La Jurisdicción Social

La Jurisdicción Social

El Poder Judicial del Estado está formado por los jueces y tribunales encargados de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.

El orden jurisdiccional social resuelve las siguientes materias:

  • Reclamaciones de los trabajadores frente a los empresarios con motivo del contrato de trabajo (jornada, traslados, despidos, etc.)
  • Reclamaciones efectuadas frente a la Seguridad Social o el Estado (jubilación, incapacidades, pensiones de viudedad u orfandad).
  • Reclamaciones al Fondo de Garantía Salarial.
  • Reclamaciones en materia de tutela de derechos de libertad sindical y huelga, conflictos colectivos, convenios colectivos, prevención de riesgos laborales, entre otras materias.

La Organización y Competencias de los Tribunales de lo Social es la siguiente:

  • Juzgados de lo social: Conocen de los conflictos laborales (despidos, reclamación de salarios, descansos, etc.) ocurridos dentro de su provincia. Ver vídeo sobre cómo denunciar en el Juzgado  de lo Social «Aquí Hay Trabajo«
  • Salas de lo social de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas: Con competencia en todo el ámbito territorial de éstas. Resuelven los recursos interpuestos contra las sentencias de los Juzgados de lo social (recursos de suplicación), así como los conflictos colectivos y sindicales de ámbito superior al de la provincia, pero no superior al de la comunidad autónoma.
  • Sala de lo social de la Audiencia Nacional: Tiene competencia en todo el territorio nacional en los procesos sobre libertad sindical y conflictos e impugnación de convenios colectivos de ámbito territorial superior al de una comunidad autónoma. Su sede está en Madrid.
    Ejemplo de Conflicto colectivo el surgido entre la Liga de Fútbol Profesional y Asociación de Futbolistas Españoles (LFP y AFE) Auto de la AN.
  • Sala de lo Social del Tribunal Supremo: Es el órgano judicial de mayor rango, con sede en Madrid y jurisdicción en toda España. Resuelve los recursos de casación contra las sentencias dictadas por las salas de lo social de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia. STS 4351/2014.

Infografía disponible en pdf para descargar e imprimir.

La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, pretende dar una respuesta más eficaz y ágil a los litigios que se puedan suscitar en las relaciones de trabajo y seguridad social.

logo_aht_100Existe derecho a justicia gratuita para aquellas personas que no alcanzan un nivel de ingresos equivalente al doble del IPREM en cómputo anual. Vídeo explicativo «Aquí Hay Trabajo«