Papeleta de Conciliación
Antes de acudir a los tribunales a reclamar contra un despido o solicitar una cantidad de salario, un requisito previo es, el intento de conciliación con la finalidad de llegar a un acuerdo y evitar el juicio.
Para ello, la parte interesada debe presentar la «papeleta de conciliación» en el «Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación».
En Andalucía el CMAC se encarga de gestionar los casos individuales de cada persona trabajadora, mientras que el SERCLA (Servicio Extrajudicial de Resolución de de Conflictos Laborales) se dedica a los temas relacionados con los convenios colectivos.
El plazo para presentar la papeleta de conciliación es de 20 días hábiles desde la fecha del despido.
La presentación de la solicitud de conciliación suspende los plazos de caducidad e interrumpe los de prescripción. El cómputo de la caducidad se reanudará al día siguiente de intentada la conciliación o mediación o transcurridos quince días hábiles, excluyendo del cómputo los sábados, desde su presentación sin que se haya celebrado (Artículo 65 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre reguladora de la Jurisdicción Social)
Las partes implicadas serán citadas para acudir al acto de conciliación, siendo obligatoria para los litigantes la asistencia al acto de conciliación.
Dicho acto de conciliación, puede terminar:
- Con acuerdo: en este caso se soluciona y se pone fin al conflicto.
- Sin acuerdo de las partes o la no presentación de la parte demandada: se dará por intentada sin efecto, y el juez o tribunal impondrán las costas del proceso a la parte que no hubiese comparecido sin causa justificada, incluidos honorarios, hasta el límite de seiscientos euros, del letrado o graduado social colegiado de la parte contraria que hubieren intervenido, si la sentencia que en su día dicte coincidiera esencialmente con la pretensión contenida en la papeleta de conciliación o en la solicitud de mediación.
- Si no comparece el solicitante ni alega justa causa, se tendrá por no presentada la papeleta de conciliación o la solicitud de mediación, archivándose todo lo actuado.
La siguiente infografía elaborada a partir del programa «Aquí Hay Trabajo» muestra los pasos a seguir para impugnar un despido: