Tablas 2023 – Bases de Cotización a la Seguridad Social -MEI – IPREM – SMI – FOGASA
De acuerdo con la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023 y según el artículo 122 de la ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Las bases mínimas de cotización, según categorías profesionales y grupos de cotización, se incrementarán desde el 1 de enero de 2023, respecto de las vigentes en 31 de diciembre de 2022, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional (SMI pendiente de aprobación).
Las bases máximas de cotización, han subido un 8,6% con respecto a las bases máximas de 2022.
Grupo de Cotización | Categorías Profesiones | Bases mínimas €/mes | Bases máximas €/mes |
RETRIBUCIÓN MENSUAL | GRUPOS de RETRIBUCIÓN MENSUAL (€/Mes) | (Pendiente de la subida del SMI) | |
1 | Ingenieros, Licenciados, Personal de alta dirección no incluido en el Art. 1.3 c) ET | 1.629,30 | 4.495,50 |
2 | Ingenieros Téc, Peritos y Ayudantes Titulados | 1.351,20 | 4.495,50 |
3 | Jefes Administrativos y de taller | 1.175,40 | 4.495,50 |
4 | Ayudantes no Titulados | 1.166,70 | 4.495,50 |
5 | Oficiales Administrativos | 1.166,70 | 4.495,50 |
6 | Subalternos | 1.166,70 | 4.495,50 |
7 | Auxiliares Administrativos | 1.166,70 | 4.495,50 |
RETRIBUC. DIARIA | GRUPOS de RETRIBUCIÓN DIARIA (€/DÍA) | Bases mínimas €/Día | Bases máximas €/Día |
8 | Oficiales de primera y segunda | 38,89 | 149,85 |
9 | Oficiales de tercera y Especialistas | 38,89 | 149,85 |
10 | Peones | 38,89 | 149,85 |
11 | Trabajadores menores de 18 años cualquiera que sea su categoría profesional | 38,89 | 149,85 |
Los topes máximo y mínimo de cotización de accidentes de trabajo y enfermedad profesional en cada uno de los Regímenes de la Seguridad Social que lo tengan establecido, quedan fijados, a partir del 1 de enero de 2023, en las siguientes cuantías:
TOPE MÁXIMO de A.T. y E.P. | TOPE MÍNIMO de de A.T. y E.P. |
4.495,50 €/mes | 1.166,70 €/mes |
Tablas disponibles con SMI, IPREM y límites de pago por FOGASA en PDF, para descargar e imprimir.
A la espera de la aprobación de la Orden que desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, puedes consultar la Web de la Seguridad Social, con las bases de cotización de 2022.
¡NOVEDAD!
Desde el 1 de enero de 2023 se aplicará el «Mecanismo de Equidad Intergeneracional» con la finalidad de aumentar el fondo de reserva de la Seguridad Social.
Dicho mecanismo consistirá en un aumento de las cotizaciones sociales en un 0,6% , correspondiendo en un 0,1% al trabajador y un 0,5% al empresario. Quedando los tipos de cotización para empresa y parte trabajadora del siguiente modo:
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples 2023 (IPREM)
DIARIO | 20 € |
MENSUAL | 600 € |
ANUAL | 7.200 € |
Salario Mínimo Interprofesional, se mantiene el SMI de 2022 en tanto se apruebe el SMI de 2023
DIARIO | 33,33 €/día |
MENSUAL | 1000 €/mes |
ANUAL | 14000 €/año |
EVENTUALES Y TEMPOREROS | 47,36 €/jornada |
Límites de pago por FOGASA, se mantienen los de 2022 en tanto se apruebe el SMI de 2023
Doble del SMI diario, con pagas extras | 77,62 € |
Límite salarios (120 días) | 9.314,40 € |
Límite indemnizaciones (anualidad) | 28.331,30 € |
La siguiente infografía recoge las principales novedades laborales que debemos tener en cuenta este año 2023: