VI. Derechos y Obligaciones en Materia de Prevención de Riesgos Laborales

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El Capítulo III de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) está dedicado por completo a los derechos y obligaciones en materia de riesgos laborales.

El Artículo 14 la LPRL establece el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que conlleva un deber inexcusable del empresario, de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales.

El artículo 15 de la LPRL establece que el empresario deberá tener en cuenta los siguientes principios generales:

Principios de la Acción Preventiva (art. 15 LPRL):

  1. Evitar los riesgos.
  2. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
  3. Combatir los riesgos en su origen.
  4. Adaptar el trabajo a la persona.
  5. Tener en cuenta la evolución de la técnica.
  6. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
  7. Planificar la prevención.
  8. Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
  9. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Deberes del empresario:

  1. Información, consulta y participación de los trabajadores (art. 18 de la LPRL).
  2. Formación de los trabajadores (art. 19 de la LPRL).
  3. Preparación y adopción de medidas necesarias en situaciones de emergencia (art. 20 de la LPRL).
  4. Actuación en caso de riesgo grave e inminente (art.21 de la LPRL).
  5. Vigilancia periódica de la salud (art.22 de la LPRL).
  6. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos (trabajadores temporales, embarazadas, menores de edad, arts. 25 y 26 de la LPRL).

Deberes del trabajador (art. 29 LPRL):

  1. Usar adecuadamente las máquinas, herramientas, aparatos, sustancias peligrosas, equipos de transporte y cualquier otro medio utilizado en su trabajo.
  2. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario.
  3. Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad, sin dejarlos fuera de funcionamiento.
  4. Informar de inmediato sobre cualquier situación que entrañe un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores.
  5. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente para proteger la seguridad y salud de los trabajadores.
  6. Cooperar con el empresario para garantizar condiciones de trabajo seguras.

Visualiza el siguiente video sobre Prevención de Riesgos Laborales: